Alfonso Pedrosa.- El personal de la sanidad pública extremeña y de los centros sociosanitarios de esa comunidad autónoma tendrán consideración de autoridad pública a todos los efectos. Así se recoge en el artículo 7 de la Ley de Autoridad de profesionales del Sistema Sanitario Público y centros sociosanitarios de Extremadura, publicada en el BOE. Quedan fuera de este paraguas de protección "la actividad quirúrgica y las pruebas diagnósticas realizadas mediante fórmulas de actividad concertada en empresas privadas por profesionales de éstas".