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Redacción Synaptica. El sendero del gobierno abierto no ha hecho más que abrirse y va llegar, un día u otro, a las organizaciones del sistema sanitario. Los mecanismos de control social para vigilar el funcionamiento de la institución avanzan en esa dirección. Ese papel parecen haber adoptado las quejas al Defensor del Pueblo relacionadas con el derecho a la salud: del lamento por las carencias parecen haberse trasladado a la fiscalización de los mecanismos garantes de la respuesta asistencial.
El Defensor del Pueblo Andaluz acaba de publicar su informe anual correspondiente a 2009. Además de la constatación del mazazo social de la crisis, sus datos, en lo que a la asistencia sanitaria pública se refiere, permiten sacar una conclusión que puede ser indicadora de un cierto cambio cultural: las quejas se centran en la supervisión del funcionamiento de las garantías que velan por derechos concretos. En Andalucía, el tiempo máximo de espera para recibir asistencia (intervenciones quirúrgicas, pruebas diagnósticas, consultas de especialidades) en las situaciones a las que la Administración da prioridad están reguladas por decreto; con compromiso, en caso de incumplimiento, de derivación del paciente a un centro privado.
De un panorama marcado por las protestas relacionadas con demoras excesivas en la asistencia sanitaria, especialmente en lo referente a intervenciones quirúgicas, se pasa a un escenario definido no por la queja vinculada a la tardanza, sino por el control del funcionamiento correcto de los requisitos que hacen posible la garantía de plazos de respuesta. 493 quejas en 2009 relacionadas con la asistencia sanitaria. Las mismas, en número, que en los últimos años, más o menos. Pero con un perfil intencional distinto. Dice el informe del Defensor: "A medida que el conocimiento de este derecho [a recibir sistencia en un tiempo determinado] que implica el respeto de unos plazos máximos se va afianzando en los ciudadanos, las reivindicaciones han girado hacia la supervisión de los requisitos que se exigen en cada caso, cuando no hacia el cuestionamiento de las maniobras que pudieran estar empleándose para maquillar los datos oficiales que viene a ofrecer la Administración sanitaria".
Por lo demás, el Defensor apremia a la incorporación generalizada de procesos asistenciales completos, no sólo sus partes, al sistema de garantía de plazos de respuesta. Parece que la Consejería de Salud de Andalucía está en ello: hay un puñado de procesos que ya están bajo garantía de entre 30 y 60 días de respuesta máxima entre la sospecha clínica y la propuesta terapéutica, relacionados con las áreas oncológica y cardiovascular fundamentalmente. Es lo suyo. Porque, como dice esta institución dependiente del Parlamento autonómico andaluz, "la premura de la primera consulta no evita que se demoren las posteriores, conduciendo al proceso de diagnóstico a un alto nivel de complejidad burocrática, en el que los tiempos de los múltiples pasos que se precisan van sumando sucesivamente; o bien la diligencia en la realización de las pruebas diagnósticas no elude la demora que preside la cita para acceder a los resultados de las mismas".