cc, atribución. Cheers. By Grzegorz Łobiński.

Redacción Synaptica. Pues sí. Los chicos de Pharma Adhoc estaban bien informados. Decían que podría haber noticias en torno al 19 de mayo y así ha sido. La Corte Europea de Justicia (of course, Pharma Adhoc lo recoge) ha confirmado la legalidad de la prohibición de la propiedad no farmacéutica de las boticas en las normativas nacionales: esto es, los estados miembros pueden vetar la posesión de farmacias a las compañías de capital, distribuidoras de medicamentos incluidas, como era el caso de uno de los conflictos jurídicos originarios, el de Doc Morris en el Land del Sarre (Alemania).

La resolución judicial en concreto afecta a los casos italiano y alemán. De España, por ahora, chitón. Aun así, la cúpula de los colegios profesionales españoles se ha apresurado a decir que está contenta, según ha recogido Europa Press. Días de fiesta en tiempos de transición.

Ah, como es importante eso de ir a las fuentes originales y no hacer decir a los jueces cosas que no dicen, hemos colgado en la Red la nota de prensa del Tribunal de Justicia de las Comunidades Europeas, la sentencia sobre Italia y, también, la del caso alemán. Que las disfruten.